13 Nov La conexión entre el derecho de Familia y Penal (Parte I)
¿Qué conexión puede existir entre el derecho de familia y el derecho penal? Más de la que imaginamos. Hay determinados delitos que se producen en el ámbito familiar, recogidos en el Código Penal.
En el post de hoy, explicamos de una manera clara las siguientes situaciones, muchas de ellas muy habituales:
- La violencia económica
- Delito de coacciones
- Quebrantamiento de las medidas de protección
La violencia económica
Mediante la violencia económica se pretende generar un daño en el aspecto material económico, incrementando la dependencia emocional y psicológica (normalmente de la mujer). Es un mecanismo de control sobre la víctima. Suele darse en mujeres sin actividad laboral, pero también en aquellas económicamente independientes. Se manifiesta en el impago de pensiones, bien de alimentos, bien compensatorias.
El Tribunal Supremo ya le ha dado nombre a este tipo de violencia ha través de numerosas sentencias. Ya se ha publicado incluso un decálogo (Confilegal) que enumera sus características, que puede ayudar a detectarlo más fácilmente.
Delito de coacciones en el ámbito familiar
En muchas ocasiones, ya finalizada la convivencia y sin medidas que rijan la nueva relación, los clientes hacen preguntas como ¿puedo cambiar la cerradura de casa?. O, como titular de los contratos de suministros, ¿puedo darlos de baja? La respuesta es no, pues puede constituir un delito de coacciones. Para que prospere, la acción debe ser ilegal, que no cuente con una autorización.
El delito de coacciones se da cuando una persona, mediante violencia o intimidación, impide a otra hacer lo que la ley no prohíbe o la obliga a realizar lo que no desea, afectando gravemente su libertad de decisión.
El artículo 172 CP castiga estas conductas con penas de prisión de seis meses a tres años o multa, agravándose cuando se impide el ejercicio de derechos fundamentales o el legítimo disfrute de la vivienda.
Además, el mismo artículo prevé una modalidad específica para el ámbito familiar. Se castiga de modo particular cuando la víctima es o ha sido cónyuge, pareja o persona ligada por una relación de afectividad, incluso sin convivencia. Puede conllevar una pena de prisión de seis meses a un año o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días
El quebrantamiento de medidas de alejamiento
Una orden de alejamiento consiste en la prohibición de aproximación a la víctima en un determinado radio. También pueden imponerse penas de comunicación que consisten en la imposibilidad de contactar con ella. Estas medidas pretende proteger a las víctimas de las situaciones de riesgo para su integridad.
Si en el marco de un proceso penal se ha impuesto una medida de protección y ésta se incumple, se produce un QUEBRANTAMIENTO.
Otras cuestiones
Además, debes saber que existe una exención de pena entre personas casadas en delitos patrimoniales cometidos sin violencia o intimidación. Así lo recoge el artículo 268 CP. Esta disposición no es aplicable a los extraños que participen en el delito.
Estos son algunos de los muchos delitos que el Código Penal recoge. Como veis, la conexión entre el derecho de Familia y Penal es evidente. Y es necesario un profundo conocimiento de derecho penal para abordar estos casos. Por eso, nuestra recomendación es que SIEMPRE contactes con un abogado especializado en la materia, para conseguir el mejor resultado posible.
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